TRAS 14.000 ALEGACIONES DE LA PLATAFORMA DE COMERCIANTES AMBULANTES, SE HA INCLUIDO EL RÉGIMEN TRANSITORIO EN LA ORDENANZA DE VENTA AMBULANTE DE MADRID , APROBADA EL 30-3-2011

 

Tras presentar la Plataforma de Comerciantes Ambulantes de la CAM, 14.000 alegaciones al Ayuntamiento de Madrid se ha incluido el Régimen Transitorio en la modificación de la Ordenanza de Venta Ambulante de Madrid , que se ha aprobado en el día de hoy 30-3-2011. Régimen Transitorio, por el cual se prorrogan de forma automática las autorizaciones por 15 años ( prorrogables por otros 15 en los términos que establezcan las respectivas ordenanzas municipales) a los titulares que venían ejerciendo la actividad con anterioridad al año 2009, en cumplimiento con lo regulado en la Ley 5/2010 de Medidas Fiscales y Apoyo a la Empresa Madrileña de la Comunidad de Madrid. Recordemos, que en el  articulo 21 del Proyecto Inicial de Ordenanza Ómnibus, EL AYUNTAMIENTO INCUMPLIA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DE LA LEY 5/2010 DE LA COMUNIDAD DE MADRID QUE HEMOS CONQUISTADO CON NUESTRAS MOVILIZACIONES , régimen transitorio que fue aprobado el 8 de julio del 2010 en la Asamblea de Madrid. Recordamos, también, que ha sido necesario más de 2 meses de movilizaciones (colgando carteles, recogiendo miles de firmas, denunciando en los medios de comunicación la situación, registrando varias cartas al Alcalde de Madrid…..)para que el Ayuntamiento de Madrid recogiera, que las autorizaciones municipales han de ser prorrogadazas automáticamente por 15 años (prorrogables) en la Ordenanza y, por lo tanto, cumpliera con la Ley de la Comunidad de Madrid, que es de rango jurídico superior.  El Régimen Transitorio,(por el que tanto hemos luchado la Plataforma) es la única fórmula legal para impedir que nuestros puestos de trabajo salgan a concurso público, y de esta forma se justifique nuestra expulsión de nuestros mercadillos habituales. El concurso se excusa en la Directiva de Servicios 2006/1237Ce o Directiva Bolkestein, que ha sido interpretada de forma perversa por parte de las autoridades públicas en relación al comercio ambulante, con la intención de expulsar a los actuales profesionales de los mercadillos y facilitar su sustitución por nuevos empresarios con mayor poder económico, así como implantar un nuevo modelo de mercadillos (de gestión privada, con instalación de LONJAS MULTIUSOS O ESPACIOS POLIVANTES de precios millonarios…homogeneización estética de los puestos..etc) tal y como reconoce, entre otras instituciones la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS ( FEMP).

El RÉGIMEN TRANSITORIO, ES UNA CONQUISTA SOCIAL, LOGRADO GRACIAS AL APOYO INCONDICONAL DE LOS CIUDADANOS, QUE FIRMARON UN MANIFIESTO MÁS DE 50.000 PERSONAS, CON EL OBJETIVO DE QUE LOS VENDEDORES DE SIEMPRE, PUDIERAMOS SEGUIR EN NUESTRO PUESTOS Y MERCADILLO HABITUAL QUE ES DONDE TENEMOS LA CLIENTELA FIDELIZADA. Algo, que sin duda, también, beneficia a los consumidores al poder seguir disfrutando de los mercadillos tradicionales constituidos por microempresas familiares, al aire libre, con pluralidad estética de los puestos, gestión pública, etc. Esta conquista  social se logró tras más de 8 meses de intensas movilizaciones en diversos frentes, y sólo las movilizaciones es lo que llevó a que el Gobierno de Esperanza Aguirre  recogiera en la Disposición  Final Segunda de la Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Comunidad de Madrid, el Régimen Transitorio citado. La Ley 5/2010 del Gobierno de Aguirre  Ley viene a modificar, nuevamente, la Ley 1/1997, de 8 de enero, de venta ambulante de la Comunidad de Madrid, en materia de autorizaciones, implantando dos regímenes de autorizaciones municipales: El régimen general, que lleva los puestos a concurso público, y que está regulado en el articulo 9.4 de la Ley 1/1997 de venta ambulante, pero que ahora, gracias al régimen transitorio sólo podrá ser aplicable a las plazas vacantes o mercadillos de nueva creación, y el régimen transitorio, regulado en la Disposición Transitoria Segunda de la citada Ley 1/1997, por el cual se prorrogan las autorizaciones de forma automática por 15 años a los titulares que ya venían ejerciendo la actividad en el año 2009, con el cumplimiento exclusivo de los requisitos de ese año.

¡!PODEMOS FELICITARNOS TODOS LOS VENDEDORES  POR EL GRAN TRABAJO DE EQUIPO QUE HEMOS REALIZADO Y LAS 14.000 ALEGACIONES REGISTRADAS EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID!! ,TODOS NUESTROS ESFUERZOS ESTÁN DANDO SUS FRUTOS !! LA UNIÓN Y LA PERSEVERANCIA SON NUESTROS GRANDES ALIADOS!! !! SIGAMOS ASÍ Y LOGRAREMOS QUE TAMPOCO EL ESTADO RECURRA NUESTRA LEY DE LOS 15 AÑOS!!

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COMIENZAN LAS MOVILIZACIONES EN DEFENSA DE LA LEY DE LOS 15 AÑOS, CONQUISTADA CON EL APOYO CIUDADANO PARA EXIGIR AL GOBIERNO NACIONAL QUE NO INTERPONGA RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

COMUNICADO A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN (Nota de prensa publicada el 27/3/11)

Viernes 25 de marzo 2010

Por el presente escrito la PLATAFORMA DE COMERCIANTES AMBULANTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID LES INFORMA que a partir de mañana día 26 de marzo comenzamos en el Mercadillo de Majadahonda y continuaremos el domingo 27 en el Rastro de Madrid ( y otros mercadillos de la Comunidad de Madrid) una campaña para de recogida de firmas de la ciudadanía (adjuntamos texto en archivo adjunto) y colgaremos carteles en nuestros puestos de trabajo ( adjuntamos el cartel en archivo adjunto), para SOLICITAR a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, es decir al Gobierno nacional y al Presidente del Gobierno, Jose Luis Rodríguez Zapatero, que respete íntegramente lo regulado en la Ley 5/2010 de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Economía, aprobada en la Asamblea de Madrid el pasado día 8 de julio, y NO RECORTE LO REGULADO EN ESTA LEY, NI INTERPONGA UN RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.Una ley que protege a los comerciantes ambulantes de siempre de tener que ir a concurso público y ser expulsados de sus puestos de trabajo para que lo ocupe el mejor postor.

LOS MERCADILLOS TRADICIONALES ( al aire libre, con estética plural, regentados por microempresas familiares, ejemplo de economía sostenible) ESTÁN EN SERIO PELIGRO DE EXTINCIÓN, se quiere imponer un nueva cultura en estos mercadillos basada en la gestión privada de los mismos, homogeneización estética de los puestos, instauración de LONJAS ( mercadillos cerrados con gerente y precios millonarios) etc.. y PARA ELLO SE ESTÁN LLEVANDO A CABO REGULACIONES NORMATIVAS EN MATERIA DE COMERCIO AMBULANTE, QUE TRATAN DE EXPULSAR A LOS ACTUALES TITULARES DE LOS PUESTOS Y LLEVAR TODOS SUS PUESTOS A CONCURSO PÚBLICO,. EXCUSÁNDOSE EN LA DIRECTIVA EUROPEA DE SERVICIOS 2006/123/CE, que lo único que apunta respecto de nuestra actividad comercial es que aquellas actividades de Servicios que se realicen en suelo público no pueden tener autorizaciones indefinidas ni renovaciones automáticas, pero…ESTA DIRECTIVA NADA DICE DEL TIEMPO DE VALIDEZ QUE DEBEN TENER NUESTRAS AUTORIZACIONES, PORQUE DE HECHO EN ESPAÑA LAS COMPETENCIAS EXCLUSIVAS EN MATERIA DE COMERCIO INTERIOR CORRESPONDEN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

En el Estado nacional la primera Comunidad que intentó expulsar a los actuales comerciantes ambulantes fue la Comunidad de Madrid, presidida por Esperanza Aguirre, y llevar todos sus puestos a concurso público para que optaran a él el mejor postor. Lo hizo a través del articulo 5 de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y Apoyo a la Empresa Madrileña, pero los comerciantes ambulantes profesionales de los Mercadillos nos movilizamos en diversos ámbitos, mucho antes que se aprobara esta Ley y continuamos movilizándonos una vez se aprobó. Registramos cientos de escritos en todas las instituciones sociales y políticas del país y estuvimos más de 9 meses colgando carteles, denunciando lo que quería hacer Esperanza Aguirre, en los puestos de los mercadillos y recogiendo miles de firmas.

De hecho más de 50.000 ciudadanos rubricaron un MANIFIESTO en el que se solicitaba al Gobierno regional que, si bien ya no se podían tener autorizaciones indefinidas ni renovaciones automáticas, debido a la Directiva de Servicios, al menos se regulara autorizaciones por un mínimo de 15 años, prorrogables, y se renovaran a todos los actuales profesionales en su mercadillo habitual a través de un Régimen Transitorio, dado que por un lado, los actuales vendedores, son los que han construido los mercadillos tal y como son hoy día y han dignificado la profesión y tienen hipotecas y familias a las que mantener y no es de recibo expulsarles de su puesto de trabajo para ofrecérselo al mejor postor.

ASI ES COMO LOGRAMOS con el apoyo ciudadano que se aprobará la Ley 5/ 2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica, que modifica lo regulado por el articulo 5 de la Ley 8/2009 de Medidas Fiscales en materia de Comercio Ambulante. La Ley 5/2010, de Medidas Fiscales en su Disposición Final Segunda regula autorizaciones por un mínimo de 15 años, en el Régimen General y tres Disposiciones Transitorias que contienen un Régimen Transitorio por el cual se prorrogan de forma automática las autorizaciones por 15 años (prorrogables) para los actuales comerciantes ambulantes, sin entrar a concurso público durante este tiempo. Es decir, logramos proteger a los comerciantes ambulantes de siempre de ser expulsados de su puestos de trabajo, durante este tiempo. Todo ello fundamentándose en lo regulado en una ley de ámbito nacional, la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/2010, que entró en vigor en marzo del 2010 ( después de la Ley 6/2009 de Medidas liberalizadoras de la Comunidad de Madrid) y que permite por una vez tener una prorroga automática de las autorizaciones para los vendedores que ya estaban en la actividad. Esta Ley es la que se ha convertido en el referente para los comerciantes ambulantes de otras Comunidades Autónomas, y es lo que están exigiendo que se regule a sus gobernantes.

Sin embargo, como toda ley puede ser recurrida durante los 3 meses siguientes a su entrada en vigor, el Estado ya amenazó con llevar a cabo un Recurso y por ello se constituyó en octubre del 2010 una COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD DE MADRID ( publicado en el BOE el 19-11-2010) con el objetivo de alargar hasta 9 meses la posibilidad de poner un Recurso y mientras tanto intentar revisar esta Ley autonómica (Ley 5/2010 de Medidas Fiscales) argumentando, el Estado, que 15 años es demasiado tiempo para las autorizaciones.

El plazo para interponer un Recurso ante el Constitucional finaliza el próximo 23 de abril del 2011, por ello y dado que hemos enviado/ registrado en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, varias cartas al Ministro de Comercio y al Director General de Comercio Interior, D. Ángel Allue Buiza, para que nos reciba y nos informe de las intenciones del Gobierno nacional, y dado que su contestación es de “evasión” nos vemos obligados a movilizarnos para que respeten a las cerca de 10..000 personas que se dedican profesionalmente al comercio ambulante en la Comunidad de Madrid y no lleven a cabo ningún recorte de lo contemplado en la Ley 5/ 2010 de Medidas Fiscales, ni Interpongan Recurso de Inconstitucionalidad, pues entendemos que esta Ley no vulnera ningún precepto Consititucional y en todo caso respeta el derecho al trabajo de los que ya estaban en la actividad. Una ley que volvemos a reiterar ha sido fruto de la lucha social y regulada por la Comunidad de Madrid que tiene competencias exclusivas en materia de Comercio Interior, tal y como consta en su Estatuto de Autonomía.

Esperando en que esta noticia reciba su apoyo y pueda ser difundida, quedamos a su disposición.

Gracias y un saludo

 

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TRAS PRESENTAR 400 RECURSOS DE REPOSICIÓN PARA QUE EL CONCEJAL-PRESIDENTE DE LA JUNTA DE DISTRITO CENTRO, RECTIFIQUE LAS AUTORIZACIONES PARA LA VENTA EN EL RASTRO DE MADRID, SE HA LOGRADO QUE ESTAS AUTORIZACIONES SEAN RECTIFICADAS Y SE AJUSTEN A DERECHO

Los vendedores del Rastro de Madrid han registrado 400 Recursos de Reposición contra el Decreto del Concejal- Presidente del Distrito Centro, del 14-2-2011, porque no cumplía con la legislación vigente en materia de autorizaciones. La Resolución del Concejal del Distrito Centro, por la cual se prorrogan las autorizaciones por 15 años, que nos entregó deprisa y corriendo en vísperas de nuestras última concentración en la Puerta del Sol en la que exigimos que Gallardón cumpliera con el Régimen Transitorio, tiene una fecha de partida que no correspondía a la legalidad vigente, pues la Ley 5/2010, a la que hacía referencia aún no había sido aprobada ( El Concejal contabilizaba la prorroga a partir del día 1 de enero del 2010, y la ley fue aprobada el 8 de julio del 2010) por lo tanto, se pretendía aplicar de forma retroactiva, y en perjuicio de los vendedores, lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica, aprobada por la Comunidad de Madrid. Por este motivo, a todos los vendedores que les dio tiempo registraron los 400 Recursos de Reposición para que las autorizaciones cumplieran con la legislación vigente en materia de autorizaciones. La prorroga automática de las autorizaciones por 15 años, (prorrogables por otros 15 en los términos que establezcan las Ordenanzas municipales) debe computarse a partir de la entrada en vigor de la citada Ley 5/2010, tal y como solicitamos al Concejal de Centro, en los Recursos, y su entrada en vigor fue el 24 de julio.

Debido a los Recursos presentados, todas las autorizaciones de los vendedores del Rastro han sido rectificadas por una nueva Resolución del Concejal del Distrito Centro, de fecha 11-3-2011, y esta siendo Notificada a los vendedores en el propio Rastro. LA NUEVA RESOLUCIÓN RECTIFICA, TAL Y COMO HEMOS EXIGIDO CON LOS RECURSOS PRESENTADOS LA FECHA DE CÓMPUTO DE LA PRÓRROGA AUTOMÁTICA DE LAS AUTORIZACIONES POR 15 AÑOS, diciendo así : “donde dice a contar desde 1 de enero del 2010 al haberse producido en dicha anualidad la última renovación de la autorización, debe decir a contar desde el 24 de julio de 2010, fecha de la entrada en vigor de la Ley 5/2010,d e 12 de julio”

¡!Ahora sí que tenemos autorizaciones legales y conforme a Derecho!! Pero…!! Ya está bien de que tengamos que ir consiguiendo que se cumpla la ley y se nos respete a través de la continua lucha… porque las autoridades políticas están empeñadas en hacer mal las cosas a ver si nos cansamos. Pero va a ser que no…!!NO NOS CANSAREMOS DE LUCHAR POR NUESTRO PUESTO DE TRABAJO!!

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200 RECURSOS REGISTRADOS EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA QUE LAS AUTORIZACIONES DEL RASTRO SE AJUSTEN A LO APROBADO EN LA LEY 5/2010 DE MEDIDAS FISCALES PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

Madrid 9 de marzo del 2011-03-09

La ASOCIACIÓN EL RASTRO PUNTO ES, que es la Asociación que integra a la gran mayoría de titulares de puestos del Rastro de Madrid, les informa que el día 9 de marzo, han sido presentados/ registrados en el Ayuntamiento de Madrid, MÁS DE 200 RECURSOS DE REPOSICIÓN SOBRE LA RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE DISTRITO CENTRO, EN RELACIÓN A LA NOTIFICACIÓN DE LAS AUTORIZACIONES PARA LOS VENDEDORES DEL RASTRO DE MADRID. Debido a que en dicha Resolución se incumple la legislación vigente respecto del plazo de cómputo de validez de las autorizaciones para los vendedores, establecido en la legislación autonómica (Disposición Transitoria Segunda de la Ley 5/2010 de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica).

El pasado día 14 de febrero, las funcionarios de la Junta de Distrito Centro procedieron a llamar por teléfono a los titulares de los puestos para que pasaran a recoger la Notificación de la autorización para el Rastro de Madrid, antes del día viernes 18 de febrero a las 12.00h. Ese mismo día 18 de febrero a las 19.00h celebramos una Concentración en la Puerta del Sol para reclamar que el Alcalde de Madrid, cumpliera con la legislación autonómica en materia de comercio ambulante e incluyera en el Proyecto de Ordenanza, (que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, aprobó inicialmente el pasado día 20 de enero) el Régimen Transitorio por el cual las autorizaciones de los titulares que venían ejerciendo la actividad con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2009, de Medidas Liberalizadoras, quedan prorrogadas por 15 años, prorrogables por otros 15 en los términos que establezcan las Ordenanzas Municipales. Esta concentración y petición que respaldaron todas las Asociaciones integradas en la Plataforma de Comerciantes Ambulantes de la Comunidad de Madrid ( entre ellas La Asociación El Rastro Punto Es, la Asociación Independiente del Rastro de Madrid, la agrupación de artesanos AGARTSANA…) es fruto de que el Alcalde Gallardón en el articulo 21 de este Proyecto de Ordenanza había ignorado totalmente este Régimen Transitorio, conquistado con las movilizaciones llevadas a cabo durante más de 8 meses por los cientos y cientos de profesionales de los mercadillos que integran la Plataforma y con las firmas de más de 50.000 ciudadanos que nos han venido apoyando.

La Plataforma y las Asociaciones que la componen, tanto en las declaraciones a los medios de comunicación, el pasado día 15 de febrero, como en la misma Concentración del día 18, planteamos que las autorizaciones del Rastro estaban siendo analizadas por nuestros asesores jurídicos para valorar si había que recurrirlas. Han sido Recurridas, finalmente, porque no se ajustan a Derecho, y próximamente se irán registrando nuevos Recursos. LA RAZÓN DE RECURRIR ESTA RESOLUCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DICTADA POR EL CONCEJAL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CENTRO ( al margen de que carece de número de Decreto de la Resolución) BÁSICAMENTE ES DEBIDO A QUE HACE UNA INTERPRETACIÓN DE LA LEY AUTONÓMICA RESTRICTIVA Y LA APLICA DE FORMA RETROACTIVA, HASTA EL PUNTO DE QUE LA VALIDEZ DE LAS AUTORIZACIONES LAS LLEVA AL DÍA 1 DE ENERO DEL 2010, FECHA EN QUE LA LEY 5/2010 NO HABÍA SIDO APROBADA, NI POR LO TANTO ESTABA EN VIGOR, PERJUDICANDO DE ESTA FORMA LOS DERECHOS E INTERESES DE LOS TITULARES DE LOS PUESTOS DEL RASTRO DE MADRID. Dado que la Ley 5/2010 de 12 de julio, de Medidas Fiscales en su Disposición Transitoria Segunda, establece de forma expresa que el tiempo de cómputo de la prorroga automática de las autorizaciones por 15 años, será a partir de la entrada en vigor de esta ley y la Ley 5/2010 entró en vigor el pasado 24 de julio del 2010. Por lo tanto, no es ajustado a Derecho ni a la legislación vigente establecer un plazo anterior a la misma.

Por otro lado el pasado día 21 de febrero, finalizo el plazo para presentar las Alegaciones a este Proyecto de Ordenanza y las asociaciones integradas en la Plataforma presentaron sus alegaciones y la Asociación El Rastro Punto Es, también presento 14.000 firmas de ciudadanos apoyando que el Régimen Transitorio, al que hemos hecho referencia, se recogiera en la futura Ordenanza de la Ciudad de Madrid. Este es también el motivo por el que seguimos poniendo carteles de protesta en todos los puestos de los vendedores en los mercadillos madrileños y en El Rastro de Madrid. En estos momentos estamos a la espera de ver cómo se materializa nuestras Alegaciones en la futura Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante para la Ciudad de Madrid, que incluye al Rastro, también, en materia de autorizaciones municipales.

LA AGENCIA EFE HA MALINTERPRETADO LA NOTICIA ENVIADA POR LA ASOCIACIÓN EL RASTRO PUNTO ES EL 9/3/11 SOBRE LAS AUTORIZACIONES DEL RASTRO Y HEMOS ROGADO LA RECTIFIQUEN A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE (PUBLICACIÓN EN EL ECONOMISTA.COM, ECODIARIO…).

Sin embargo Madridiario.es ha sido fiel al comunicado que hemos enviado.

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